Sunday, October 9, 2011

Plan revolucionario de Catarino Garza 1891 (Tejas)

Plan Revolucionario

Concebido y redactado con el único fin de derrocar la tiranía y el despotismo del General Porfirio Díaz, y volver al país, al orden constitucional.
Los abajo firmados, ciudadanos mexicanos en el pleno goce de nuestros derechos, y haciendo uso del que la naturaleza y las leyes nos conceden para gobernarnos y buscar por si mismo el logro de la felicidad.
Considerando: 1º.- Que el pueblo tiene en todo tiempo el derecho de revocar el encargo de su soberanía, cuando el Ejecutivo se convierte en tirano, y usa el poder para sus ventajas personales.
Considerando: 2º.- Que el General Porfirio Díaz y su Gabinete, ejercen un poder violento, para su provecho particular, teniendo por ley los caprichos de su voluntad, á fin de satisfacer ambiciones ilegítimas, sus venganzas personales, excediendo en crueldad á las más temibles fieras; su avaricia y muchas otras pasiones desordenadas.
Considerando: 3º.- Que para llegar a ese estado de cosas han desmoralizado a la Nación con su sistema de terror y soborno, asesinando á unos y prostituyendo á otros; haciéndolos que en su compañía roben y saqueen los fondos nacionales; teniendo al pueblo bajo el yugo más espantoso, arrebatándoles sus principales derechos, á saber: el derecho a la seguridad personal, el derecho a la libertad individual y el derecho de propiedad.
Considerando: 4º.- Que el General Porfirio Díaz en su ambición de acumular riquezas ha comprometido el porvenir de la Nación, con robos, como el reconocimiento de la deuda inglesa y la española, el arreglo de la deuda interior, la contracción del empréstito alemán y otros que en la actualidad están gestionándose.
Considerando: 5º.- Que la integridad de la Nación peligra tan inminentemente, que en el vecino país ha habido un diputado que ha propuesto al Congreso, que la Unión Americana ocupe sus fondos sobrantes en la compra del terreno de Baja California (lo mismo que si se tratara de una infeliz isla salvaje de la Oceanía) y aduciendo en apoyo de su proposición, la razón de que en su concepto, MEXICO ESTA EN LA ACTUALIDAD GOBERNADO POR OTRO GENERAL SANTA ANA.
Considerando: 6º.- Que tan vergonzosa situación tiene todas las probabilidades de prolongarse tanto, como la vida del Autócrata que se titula Presidente; pues su audacia y cinismo han llegado al extremo de imponer la “Reelección Indefinida,” después de haber derogado el principio de la No reelección.
Considerando: 7º.- y último: Que la obediencia civil tiene sus límites, porque el pueblo, al despojarse, en parte, de su voluntad y de su fuerza, para constituir los poderes sociales, no está obligado al sacrificio completo de esos derechos; es decir, no abdica en los absoluto su voluntad y fuerza, sino en cuanto lo exigen el bien, la prosperidad y la seguridad de los coasociados.
Por todo lo expuesto: hemos convenido en proclamar y sostener el siguiente:
PLAN REVOLUCIONARIO
Para derrocar del poder al General Porfirio Díaz y restablecer en el país la Constitución de 1857.
Art. 1º.- Se desconoce al General Porfirio Díaz como Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, y al ser habido se le juzgará como traidor á la Patria, á la Constitución que protesto guardar y al Plan de Tuxtepec que lo elevó al poder.
Art.2º.- Igualmente se desconoce á los Secretarios de Estado y Gobernadores, quienes serán juzgados y castigados según los cargos que les resulten.
Art 3º.- Los Jefes militares ó autoridades civiles de cualquier categoría que sean, que llegaren á hacer armas en contra de este Plan, serán tenidos como traidores á la patria y castigados como tales.
Art. 4º.- Desde la circulación y publicación de este Plan, queda la Nación declarada en estado de sitio; y para la debida ejecución se convoca al pueblo mexicano á las armas.
Art. 5º.- Con el mismo fin se solicita la cooperación de toda la prensa independiente.
Art.6º.- Esta reunión armada se denominará Ejército Constitucional, su lema será: CONSTITUCION DE 1857 E INTEGRIDAD NACIONAL.
Art. 7º.- Se reconoce como Jefe supremo al Sr. Catarino E. Garza, que por las persecuciones incansables del Gobierno no aparecerá por algún tiempo a la vanguardia de la revolución.
Art. 8º.- Al tomar posesión de la Capital de la República, el Jefe Supremo, Director de la Guerra, convocará al país á elecciones para una Convención Constituyente que deberá reunirse en México, en el término de cuatro meses, contados desde la ocupación de la Capital.
Art.9.- Esta Convención Constituyente, procederá á revisar la Constitución de 1757 (sic) (1857) adicionando ó reformando lo que estimare conveniente; pero siempre de acuerdo con la mente de los legisladores constituyentes y conforme al sistema liberal democrático federal.
Art.10.- En la revisión constitucional de que habla el artículo anterior, se elevarán á preceptos constitucionales los siguientes principios:
I.- Prohibición absoluta de ser reelectos en el país de los funcionarios públicos.
II.- Dar amplia libertad á todos los partidos políticos, suprimiendo para siempre el odioso asesinato político, conocido con el nombre de la ley fuga.
III.- Quitar toda clase de trabas al comercio y à la industria.
IV.- Dar verdadera soberanía á los Estados e independencia á los Municipios.
V.- Basar todas las adiciones o reformas en los principios democráticos.
Art. 11.Triunfante la revolución y constituido el gobierno, serán deslindados los terrenos baldíos y repartidos entre los mexicanos que se comprometan á cultivarlos.
Art. 12. Los Gobernadores y demás autoridades que reconozcan desde luego el presente Plan, serán conservados en sus puestos, siempre que justifiquen plenamente haberse portado con honradez, durante el periodo funesto de Tuxtepec.
En caso contrario, serán juzgados, sirviéndoles de atenuante, la obediencia y respeto al susodicho Plan.
Así mismo, los militares que á él se adhieran, serán reconocidos en su empleo, grados y condecoraciones.
¡Constitución de 57 é integridad nacional!
¡Sufragio libre y no reelección!
Márgenes del Río Bravo, en el Estado de Tamaulipas, á…. De…. 189 …-Prudencio González, Severiano Saenz, Julián Flores, Eustorgio Ramón, José Peña, Procopio Gutiérrez, Francisco Benavides, Inés Ruiz, Tomás Cuellar, Santos Cadena, Casiano Muñoz, Jesús Guerra, Rafael Ramírez, Antonio Martínez Peña, Pablo Morín, Jesús Briseño, Darío Hernández , Gregorio Hinojosa, Abraham Macgró, Bartolomé Cavazos, Juan Manuel Zarate, Tiburcio Rodríguez, Pablo Gámez, Julián Martínez, Jesús Flores, Antonio González, Casimiro Briseño, Francisco González, Juan Duque, Julio García, Cecilio Echavarría, Manuel Villarreal, Estevan Benavides, Cenovio Ojeda, José María Nombraña, Benigno Garza, Erminio Aguilar, Néstor González, Abel Pruneda, Patricio Ramos, Mateo Arsola, Refugio Gutiérrez, Pablo Garza, Teodoro Garza, Dionisio Salazar, Juan García, Juan Lozano, Rosalio García, Nicasio González, Rafael Valadéz Rafael Reséndes Ramírez, Margarito Martínez, Eugenio González, José María Soto, Narciso Rodríguez, José Piña, Calletano Benavides, Macario Cisneros, Antonio Zapata, Maximiliano Pruneda, Celso Landín, Pablo Vera, Eusebio Martínez, Eusebio Ramírez, Alejandro Quiñones, Juan Peña, Jesús Herrera, Carlos Peña, Manuel Zarate, Eugenio Hinojosa, Blas Ibañes, Juan Garza Vidaurri, Mauricio Ayala, Santiago Ayala, Crescencio Herrera, Pedro Mendoza, Marcos Sandoval, Julián Flores Vela, Alejo Treviño, Andrés Hernández, José María Morales, Valeriano Torres, Abraham Zavaleta, Eugenio Alanís, Gabino Benavides, Lucio Cantú, Juan Tanguma, Gabino Granado, Francisco Arce, Pablo Encina, Espiridión Benavides, Florencio Palacio, Apolonio Cadena, Fernando Salinas, Rómulo Villarreal, Doroteo Gutiérrez, Francisco Barrientos, Juan González, Pablo Salas, Clemente Gutiérrez, Pablo Encina, Espiridión Benavides, Florencio Palacio, Apolonio Cadena, Fernando Salinas, Rómulo Villarreal, Doroteo Gutiérrez, Francisco Barrientos, Juan González, Pablo Salas, Clemente Gutiérrez, Francisco Canales, Fortunato Ríos, Rafael Fuentes, Julián Fuentes, Francisco Solís.
(Archivo Histórico de la Secretaría de Relaciones Exteriores, Manifiesto de Procopio Gutiérrez, Noviembre de 1892, Estado de Tamaulipas, México y Plan Revolucionario del Ejercito Constitucional cuyo lema es “CONSTITUCION DE 1857 E INTEGRIDAD NACIONAL” Documentos 738 y 739)


Fue el 15 de Septiembre de 1891, cuando Catarino E. Garza procedente de Texas y con 60 hombres armados. Proclamó su Plan Revolucionario en un punto fronterizo llamada Las Lajas, población pequeña y poco resguardada de Ciudad Mier, Tamaulipas.
El objetivo principal de este Plan era “..derrocar la tiranía y el despotismo del general Porfirio Díaz y volver al país al orden constitucional..”

Quien fue Catarino E Garza????

rubensolisgarcia

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